1 de agosto de 2024 - 7:36
La previsión social de los arquitectos
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La previsión social de los arquitectos

La previsión social de los arquitectos ha ido evolucionando en las últimas décadas como consecuencia de los cambios normativos que se han producido en nuestro país.

Las incidencias más significativas se han producido en el ámbito de la jubilación.

Hasta el año 1996, para los arquitectos que desarrollábamos nuestro trabajo profesional por cuenta propia era obligatoria la afiliación a la Hermandad Nacional de Previsión Social de Arquitectos Superiores (HNA).

Como consecuencia de la aprobación de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, se estableció la posibilidad de elegir entre la opción de HNA y el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social.

Así, los arquitectos pudimos elegir, a partir de 1997, cualquiera de los dos sistemas de previsión social (si bien es cierto que, en caso de elegir el RETA, no resultaba posible volver a HNA como sistema alternativo y solo podía elegirse como sistema de pensiones complementario).

Los arquitectos hemos compartido, desde entonces, un escenario similar al de otras profesiones colegiadas, como abogados, procuradores, médicos, aparejadores, etc.

En el último año, hemos conocido las reivindicaciones de abogados y procuradores exigiendo una serie de medidas políticas para mejorar las condiciones de jubilación de los afiliados a las mutualidades de previsión. Entre dichas reivindicaciones hay que destacar la exigencia de una pasarela de las mutualidades profesionales al RETA, reivindicaciones en las que han coincidido, tanto los colegios profesionales de abogados y procuradores como diversas plataformas constituidas al efecto como MOVIMIENTO J2, ANAMA, etc.

En el caso de nuestra profesión, podemos acreditar que nuestra mutualidad, HNA, goza de un alto nivel de solvencia y nos permite disponer de un escenario más favorable que el de otras profesiones.

A pesar de ello, tanto los COLEGIOS OFICIALES DE ARQUITECTOS, como el CONSEJO SUPERIOR (CSCAE) venimos haciendo un seguimiento de los acontecimientos con objeto de garantizar que las posibles mejoras que se vayan incorporando en materia de jubilación se hagan extensivas a los arquitectos mutualistas de HNA. También en nuestro caso han surgido plataformas como ANMARQ, Asociación Nacional de Mutualistas Arquitectos.

En el caso del COAVN, planteamos una serie de reivindicaciones que pueden resumirse en los puntos siguientes:

1) Necesidad de regular al régimen de la Seguridad Social (RETA) de los mutualistas de HNA.​

2) Necesidad de regular un tratamiento fiscal adecuado al recuperar el ahorro.

3) Mejora de las prestaciones de los profesionales jubilados parcialmente.

4) Garantizar la alternatividad de las mutualidades y colaborar y apoyar a HNA en las acciones y medidas que puedan emprenderse a tal fin. En concreto, apoyar el escrito específico de HNA al respecto. ​

5) Tomar en consideración el agravio comparativo que ha supuesto para los profesionales de la Arquitectura afiliados a una mutualidad alternativa al RETA el hecho de no tener acceso a la asistencia sanitaria pública hasta el año 2012.

La previsión actual es que a lo largo del último trimestre de 2024 se elaboren cambios legislativos en la materia. El CSCAE viene manteniendo contactos con otras organizaciones profesionales y con las administraciones públicas siempre encaminadas a defender los intereses de los arquitectos mutualistas.

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