INFORMACIÓN DECANATO. Sobre la evolución del Proceso de Bolonia.

Capítulo IV

 

En diciembre de 2.007 se aprueba la Norma que regulará la formación universitaria del Arquitecto.

Acuerdo del Consejo de Ministros de 14.12.07.

En resumen, la esencia fundamental de la Norma es la siguiente:

 

La profesión de arquitecto se conforma como una “profesión regulada” con directiva comunitaria propia.

 

Título de grado de ARQUITECTO de carácter generalista alcanzable con la superación de 300 créditos europeos (cinco años) más un proyecto fin de carrera, que cumple la directiva comunitaria, recoge las atribuciones legales otorgadas en materia de edificación a los arquitectos españoles actuales, garantiza la adquisición de las competencias específicas de éstos (en particular, las que permiten mantener la profundidad de su preparación técnica en que radican el prestigio internacional y el ventajoso concurso al mercado laboral europeo de nuestros titulados), y las deslinda de las que hoy tienen naturaleza especializada o hacen aconsejable la implantación de títulos propios de universidad.

 

Otro aspecto fundamental y muy importante es que no se establecen ni existen “pasarelas” desde otras titulaciones, carreras o grados. Insisto, no existen pasarelas. Tampoco desde Aparejadores, Arquitectos Técnicos o Ingenieros de la Edificación.

 

Por otra parte, la estrategia, el fundamento y la esencia de la convergencia del Espacio Europeo se basa también en un fundamento de evolución, es decir, en estudiar hasta un nivel de GRADO para desde ahí continuar hacia la ESPECIALIZACIÓN con el complemento de un MASTER, o hacia el DOCTORADO por su trazado específico.

 

Como tantas veces nos pasa entre los arquitectos, determinadas Escuelas han querido interpretar de forma particular algo que parece muy claro, cual es que la carrera serán 300 créditos europeos más un PFC. La “interpretación específica” no es otra que los posibles créditos del PFC estarían incluidos en los 300 del programa de Grado.

 

Esta interpretación, a nuestro juicio errónea, está en proceso de corrección por parte del Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos del que, como sabéis, soy miembro por mi condición de Decano COAVN. Por medio de la tramitación pertinente se ha gestionado una modificación en la que se exprese claramente:

 

Título de grado de ARQUITECTO de carácter generalista alcanzable con la superación de 300 créditos europeos (cinco años) más un proyecto fin de carrera dotado de 30 créditos europeos.

Esa decisión y su gestión correspondiente fue anterior a la promulgación de la Normativa de los Estudios de las Ingenierías que comentaré más adelante.

 

Las últimas noticias del último Pleno que hemos celebrado (23.04.09) es que la propuesta será plenamente aprobada muy próximamente.

 

Sin embargo, hasta que no lo vea firmado no os diré que se ha conseguido.

 

Desgraciadamente, la agilidad de los procesos jurídicos es poca

 

 

continuará...

 

 

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